Óscar Miranda Abogado
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Lo primero no es el precio: es la vía. Una sucesión que puede ir ante notario se resuelve en meses; la misma herencia con un heredero que no firma se convierte en un juicio de años. Responde cuatro preguntas y la calculadora te dice qué vía procede en tu caso y qué gastos implica, concepto por concepto.
Última actualización:
No todo intestado es un juicio. Los artículos 872 a 884 del Código de Procedimientos Civiles aplicable en la Ciudad de México permiten tramitar la sucesión íntegramente ante notario cuando se cumplen tres condiciones a la vez: todos los herederos son mayores de edad, están de acuerdo en quiénes heredan y en quién será el albacea, y no objetan el inventario. El notario levanta el reconocimiento de herederos con apoyo de testigos, ordena las publicaciones que marca la ley y otorga la escritura de adjudicación. Basta que falte una condición para que el asunto deba tramitarse ante el juez de lo familiar.
| Concepto | Rango estimado de mercado | Cuándo aplica |
|---|---|---|
| Escritura de adjudicación (notario, IVA incluido) | 0.8% – 1.5% del valor del inmueble | Siempre que haya inmuebles |
| Inscripción en el Registro Público de la Propiedad | 0.1% – 0.5% del valor | Siempre que haya inmuebles |
| Avalúo con perito autorizado | $4,000 – $12,000 MXN | Por cada inmueble del inventario |
| Certificados y constancias | $2,500 – $7,000 MXN | Libertad de gravamen, informe de testamentos, actas |
| Publicaciones en periódico oficial | $1,000 – $2,000 MXN cada una | Las que ordene la ley; el intestado suele requerir más |
| Honorarios por porcentaje (lo que se anuncia) | 10% – 15% de la masa hereditaria | Solo si aceptas ese esquema en vez de precio cerrado |
Rangos estimados de mercado 2026, no tarifas oficiales ni cotización. Los honorarios notariales varían entre notarías, los derechos registrales dependen del Código Fiscal local vigente y el avalúo depende del perito y del inmueble.
Lo que sí conviene exigir es que la cotización liste los gastos por separado: la “tarifa baja” que los esconde termina costando más que la honesta. En este despacho los honorarios se cotizan cerrados y por escrito antes de empezar, y la asesoría inicial de $2,000 MXN incluye la revisión de documentos, la determinación del orden de herederos aplicable y la recomendación de vía.
Ejemplo · Una casa de $3,000,000 y tres hermanos
Sin testamento, pero los tres hermanos son mayores de edad y están de acuerdo: procede la vía notarial. Los gastos del trámite —adjudicación, registro, avalúo, certificados y publicaciones— se mueven en decenas de miles de pesos, no en cientos.
Si uno de los tres no firma, el asunto se vuelve judicial y el reloj empieza a correr: el costo real ahí es el pleito, no el arancel.
Y si además aceptaran un honorario del 10% al 15% sobre la masa hereditaria, serían $300,000 a $450,000 solo de abogado. Por eso la regla es siempre la misma: pide la cifra en pesos, por escrito, y compárala.
Cuatro cosas disparan el costo: herederos peleados —el conflicto convierte un trámite de meses en un litigio de años—, bienes en varios estados, porque cada inmueble foráneo exige trámites, avalúos e inscripciones bajo reglas locales distintas, documentos con errores que obligan a rectificar actas antes de empezar, y los años de abandono: cada año sin tramitar la sucesión suma adeudos —el predial sigue corriendo—, herederos nuevos y complejidad al mismo problema. Mientras no haya adjudicación, la propiedad sigue legalmente a nombre de la persona fallecida y no se puede vender ni escriturar.
Del otro lado, lo que abarata todo es aburrido y contundente: el testamento. Abre la vía notarial rápida, evita la declaratoria de herederos y reduce los espacios de pleito. Si quieres el panorama completo —testamentarias, intestados y planeación patrimonial— está en la página de sucesiones y herencias, y el desglose de conceptos, en la guía de cuánto cuesta tramitar una herencia.
No existe una tarifa única, y cualquier cifra dicha sin ver documentos es un invento. El costo se compone de tres bloques: los honorarios del abogado (que pueden pactarse cerrados, por etapa o como porcentaje de la herencia), los gastos del trámite que no dependen del despacho —publicaciones, avalúos, certificados, copias certificadas— y la escritura de adjudicación con sus derechos notariales y de registro, que varía con el valor de los bienes. La calculadora estima ese segundo y tercer bloque con rangos de mercado.
Los artículos 872 a 884 del Código de Procedimientos Civiles aplicable en la Ciudad de México permiten tramitarla íntegramente ante notario cuando se cumplen tres condiciones a la vez: todos los herederos son mayores de edad —sin menores ni personas sujetas a tutela—, están de acuerdo en quiénes heredan y en quién será el albacea, y no objetan el inventario. Si falta una sola, el asunto va ante el juez de lo familiar.
Depende de una sola variable, con honestidad: el grado de acuerdo entre los herederos. Una sucesión notarial con documentos en regla y familia alineada se resuelve en meses. Una judicial sin conflicto real avanza razonablemente; una con herederos peleados, bienes sin escriturar o un albacea que no rinde cuentas puede tomar años. Desconfía de quien te prometa una fecha exacta: los tiempos dependen del juzgado y de la conducta de personas que tu abogado no controla.
Es común, pero conviene hacer cuentas antes de aceptarlo. En el mercado se anuncian porcentajes que rondan entre el 10% y el 15% del valor de la masa hereditaria. Sobre una casa de $3,000,000 eso significa entre $300,000 y $450,000 de honorarios, muchas veces más de lo que costaría el mismo trámite con precio cerrado o por etapa. El porcentaje tiene sentido cuando el heredero no tiene liquidez y se pacta cobrar al final; el problema es aceptarlo por default sin comparar.
Casi siempre. Sin testamento hay que acreditar el parentesco de cada heredero con actas, hacer las publicaciones que exige la ley, esperar informes de testamentos y desahogar la declaratoria de herederos: etapas que la sucesión testamentaria se salta o resuelve rápido. Además, el intestado multiplica los puntos de conflicto, y el tiempo es el verdadero multiplicador del costo.
Van aparte y no se calculan en esta herramienta. En CDMX el impuesto de adquisición de inmuebles (ISAI) tiene tasa 0% para las herencias que cumplen los requisitos del artículo 115 del Código Fiscal local, entre ellos otorgar la escritura de adjudicación dentro de los cinco años siguientes al fallecimiento. Dejar pasar ese plazo convierte un trámite de tasa cero en un impuesto de seis cifras. Puedes estimarlo en la calculadora de ISAI del sitio.
No legalmente. Mientras no exista adjudicación, el inmueble sigue a nombre de la persona fallecida: no se puede escriturar la venta, y los acuerdos privados de reparto no transmiten la propiedad por más firmas familiares que tengan. Lo que sí puede hacer un heredero es ceder sus derechos hereditarios dentro del trámite, con las formalidades debidas.
No. Da rangos estimados de mercado para que llegues a la consulta con números reales y no con estimaciones de pasillo. El presupuesto desglosado por concepto se entrega después de revisar los documentos. El cálculo ocurre en tu navegador: no se envía, guarda ni comparte ningún dato.
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