PENAL
Legítima defensa: los 4 requisitos que te salvan o te hunden
El 70% de quienes se defienden en su casa terminan procesados. La proporcionalidad es la clave. Caso real.
Áreas de práctica
Ver todasDefensa estratégica · juicios orales · amparo penal
Divorcios · pensión · custodia · sucesiones
Despido, finiquito y liquidación · lo que te corresponde de verdad
Contratos · arrendamiento · daños · litigio
Cobro de deudas · pagaré · juicios ejecutivos
Constitución · compliance · gobierno corporativo
Defensa SAT · TFJA · predial · amparo fiscal
Clausuras · multas · INVEA · juicio de nulidad
Residencias · naturalización · INM
Registro · oposición · propiedad intelectual
Compraventa · escrituración · vicios ocultos
Negativa de pensión · semanas cotizadas · Modalidad 40
Asesoría inicial desde $2,000 MXN · Lunes a viernes 9:00 – 21:00
Agendar por WhatsAppÓscar Miranda Abogado
ÁREAS DE PRÁCTICA
Si estás leyendo esto, probablemente alguien cercano dio positivo en un punto del programa Conduce Sin Alcohol y ya está —o va camino a— el centro de sanciones administrativas conocido como El Torito. Lo primero que necesitas es información honesta, no promesas. El Reglamento de Tránsito de la CDMX establece que conducir con más de 0.4 miligramos de alcohol por litro de aire espirado —o más de 0.8 gramos por litro en sangre— se sanciona con arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas. Inconmutable significa exactamente eso: no se cambia por multa, no se negocia y ningún abogado puede 'sacarte' antes de tiempo — quien te lo prometa te está cobrando por algo que la ley no permite. Lo que sí hace un abogado es otra cosa, y es valiosa: verificar que el procedimiento sea legal, que se respeten tus derechos durante el arresto, resolver la entrega del vehículo y —esto es lo crítico— tomar la defensa penal de inmediato si hubo un choque con personas lesionadas, porque ahí el asunto deja de ser una falta administrativa y se convierte en un delito.
Información actualizada:
CASOS QUE ATENDEMOS

CÓMO TE AYUDAMOS
01
Lo primero es saber exactamente dónde está la persona, cuántas horas le impusieron y en qué calidad. El detenido tiene derecho a comunicarse con alguien de confianza para informar su situación, y la familia tiene derecho a saber la duración del arresto impuesto por el Juez Cívico. En urgencias contestamos 24/7: la angustia de la madrugada se maneja mejor con información que con rumores de la banqueta.
02
El arresto es legal solo si el procedimiento lo fue: prueba practicada conforme al programa, certificación del médico que constate el estado de la persona, remisión ante el Juez Cívico y una sanción dentro del rango que fija el Reglamento de Tránsito. Un abogado no puede borrar un positivo real, pero sí puede detectar abusos — horas de más, cobros indebidos, maltrato o falta de atención médica — y hacerlos valer.
03
Mientras la persona cumple el arresto, el vehículo suele quedar en resguardo o remitirse al depósito vehicular si no hay un acompañante en condiciones legales de conducirlo. Atendemos la liberación del vehículo — pagos, requisitos y documentos — y la situación de la licencia, porque la sanción por alcoholímetro también impacta el esquema de puntos de la licencia de conducir en la CDMX.
04
Si el procedimiento fue legal, el arresto se cumple y termina: es una falta administrativa, no un delito, y no genera antecedentes penales. Nuestro papel en ese escenario es acompañar, vigilar y dejar el asunto realmente cerrado — sin multas fantasma, sin adeudos del depósito y sin que nadie de afuera le haya sacado dinero a la familia con promesas falsas.
05
Todo cambia si además del positivo hubo un accidente con personas lesionadas o fallecidas. Ahí ya no hablamos del Torito sino de una carpeta de investigación por lesiones u homicidio culposo, donde conducir en estado de ebriedad agrava seriamente la posición del conductor. En ese escenario la defensa debe entrar desde la primera hora: qué se declara, qué peritajes se piden y qué salidas — como el acuerdo reparatorio — siguen vivas.
POR QUÉ CON ÓSCAR
La base de todo el programa está en el artículo 50 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México: queda prohibido conducir vehículos motorizados con una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro, así como bajo el influjo de narcóticos. Cuando se certifica que el conductor rebasó ese límite, la sanción es arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas, además de puntos de penalización a la licencia de conducir. Para conductores de transporte público de pasajeros, transporte escolar o de personal, vehículos de emergencia y transporte de carga la regla es más dura: tolerancia cero, ninguna cantidad de alcohol es admisible.
Que el arresto sea inconmutable es el punto donde más se engaña a las familias. Inconmutable significa que no puede cambiarse por multa ni por trabajo comunitario: se cumple en horas, completo. No existe fianza, no existe 'amparo exprés' que saque a la persona esa madrugada, y no existe gestor con palancas. Lo que sí existe es un procedimiento con derechos: la persona remitida ante el Juez Cívico tiene derecho a comunicarse con alguien de su confianza para informar dónde está, a ser valorada por un médico, y a defenderse por sí misma o asistida por un abogado o persona de confianza en la audiencia ante el juez, conforme a la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México. Vigilar que eso se cumpla — y que nadie exija pagos indebidos — es trabajo real de abogado; prometer la salida anticipada es una estafa.
La frontera que sí debe preocuparte es la penal. Dar positivo, por sí solo, es una falta administrativa que se agota en el arresto. Pero si al conducir en ese estado provocaste un accidente con personas lesionadas o fallecidas, el hecho se investiga como delito de lesiones culposas o homicidio culposo, y la legislación penal de la CDMX trata la conducción en estado de ebriedad como un factor que agrava la situación del conductor en los delitos cometidos con motivo del tránsito de vehículos. Ese es otro expediente, otra autoridad y otras consecuencias: carpeta de investigación, posible vinculación a proceso y una reparación del daño que se negocia con estrategia, no con desesperación. Las primeras horas — qué se declara, qué peritajes se solicitan, cómo se activa el seguro — definen el resto del caso.
Nuestra forma de trabajar estos asuntos parte de una regla: honestidad antes que negocio. Si tu familiar está en el Torito por un positivo simple, te lo decimos claro — va a cumplir sus horas y no hay servicio que valga la pena venderte para 'sacarlo', aunque sí podemos orientarte sin costo inicial sobre vehículo, licencia y derechos. Donde sí interviene el despacho con toda su capacidad es donde hay materia real: procedimientos con abusos, cobros indebidos, vehículos retenidos con irregularidades, conductores con tolerancia cero cuya fuente de trabajo está en juego y, sobre todo, accidentes con lesionados donde la defensa penal urge. La asesoría formal cuesta $2,000 MXN y las urgencias penales se atienden 24/7 por WhatsApp al 55 8667 8490.
La asesoría inicial es tu primer paso. Asesoría desde $2,000 MXN.
Agendar asesoríaTemas relacionados
Abogado penalista en CDMX
El área penal completa: detenciones, carpetas de investigación y defensa 24/7.
Abogado por homicidio culposo
Si el accidente tuvo una persona fallecida, el caso se trata en esta página.
Delito de lesiones
Choque con personas lesionadas: cuándo hay delito y qué salidas existen.
Qué hacer en un accidente de tránsito
Guía paso a paso para los primeros minutos después de un choque.
Orientación urgente 24/7
Si se llevaron a alguien al Torito o hubo un accidente, escríbenos ahora.
ALCOHOLÍMETRO Y EL TORITO EN INSTAGRAM
Reels cortos sobre los puntos críticos de esta área. Si te ayuda, comparte.
PENAL
El 70% de quienes se defienden en su casa terminan procesados. La proporcionalidad es la clave. Caso real.
PENAL
Tu video más viral: 11,082 likes. Cuándo una amenaza deja de ser 'solo palabras' y se vuelve delito.
PENAL
El CNPP (arts. 109 y 110) faculta a la víctima a actuar: ofrecer pruebas, pedir diligencias, aportar ubicaciones. Camioneta de 920 mil recuperada en 11 días.
PENAL
La prisión preventiva oficiosa es automática para ciertos delitos, pero existen 4 herramientas legales para evitarla.
Fuentes oficiales consultadas
Links externos a fuentes oficiales del Estado mexicano. Se abren en pestaña nueva.
Áreas relacionadas