PENAL
Legítima defensa: los 4 requisitos que te salvan o te hunden
El 70% de quienes se defienden en su casa terminan procesados. La proporcionalidad es la clave. Caso real.
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ÁREAS DE PRÁCTICA
Un abogado para delitos sexuales trabaja en los asuntos más delicados que existen en el derecho penal: los que marcan la vida de todas las personas involucradas, de un lado y del otro de la acusación. Por eso esta página está escrita sin morbo y sin promesas. Si eres víctima de abuso sexual, violación, acoso o estupro, tienes derecho a denunciar acompañada, a que te atienda personal especializado, a no repetir tu declaración una y otra vez ante personas distintas, a medidas de protección y a la reparación del daño — y el papel del abogado es que esos derechos se cumplan de verdad, no que queden en el papel. Si eres una persona acusada, tienes derecho a la presunción de inocencia y a una defensa técnica seria desde el primer momento; hay acusaciones fundadas y las hay surgidas de conflictos familiares o laborales, y distinguirlas es trabajo de la investigación, no del linchamiento. El despacho representa a una sola parte por asunto, con confidencialidad absoluta. Estos casos no esperan: si necesitas atención inmediata, la sección de urgencias del sitio responde las 24 horas.
Información actualizada:
CASOS QUE ATENDEMOS

CÓMO TE AYUDAMOS
01
La primera conversación es privada, sin juicio y sin compromiso de continuar. Se escucha el caso completo, se identifica qué delito encuadra — abuso sexual, violación, acoso, estupro — y se explica con honestidad qué esperar de la vía penal: tiempos, etapas y qué se puede y qué no se puede lograr. El despacho representa a una sola parte por asunto; jamás a ambos lados de un mismo conflicto.
02
La víctima no va sola al Ministerio Público. Preparamos juntos la narración de los hechos antes de la declaración, para que sea completa una sola vez y no haya que repetirla por omisiones. La fiscalía especializada en delitos sexuales debe atender con personal capacitado y en condiciones dignas — y cuando no lo hace, el abogado está ahí para exigirlo en el momento, no para lamentarlo después.
03
Se solicitan de inmediato las medidas que el riesgo exija: prohibición de acercamiento y contacto, resguardo de identidad y domicilio, y protección reforzada cuando el agresor es del entorno cercano. La ley prohíbe careos con menores de edad y obliga a resguardar la identidad de las víctimas de estos delitos; hacemos que esas protecciones operen desde el primer día.
04
Como asesoría jurídica de la víctima, coadyuvamos con el Ministerio Público: aportamos pruebas, solicitamos actos de investigación, recurrimos las omisiones y el archivo indebido. Y se persigue la reparación integral del daño — atención psicológica y médica, y la indemnización que corresponda —, porque la sentencia condenatoria sin reparación deja el trabajo a la mitad.
05
Si te citaron o te señalaron, la regla número uno es no declarar sin defensor — ni 'para aclarar las cosas'. La defensa revisa la carpeta completa, el contexto de la acusación, la mecánica de los hechos y la legalidad de cada prueba. La presunción de inocencia no es un tecnicismo: es la única frontera entre una acusación y una condena, y se defiende con técnica y sobriedad, nunca atacando a la persona denunciante.
POR QUÉ CON ÓSCAR
El Código Penal para la Ciudad de México dedica un título completo a los delitos contra la libertad y la seguridad sexuales. La violación está prevista en el artículo 174: a quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo se le imponen de seis a diecisiete años de prisión, y el propio artículo aclara algo que muchas víctimas ignoran — la violación cometida por el cónyuge, concubino o pareja también es delito, perseguible por querella. El abuso sexual, artículo 176, sanciona con uno a seis años de prisión a quien sin consentimiento de la víctima y sin propósito de llegar a la cópula ejecute en ella un acto sexual, la obligue a observarlo o a ejecutarlo, entendiendo por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas.
El acoso sexual, artículo 179, castiga con uno a tres años de prisión a quien solicite o proponga actos de naturaleza sexual sin consentimiento de la víctima, lesionando su integridad psicoemocional o generándole un entorno humillante, intimidante u ofensivo; se persigue por querella, y la ley es clara en que el silencio, la pasividad o la falta de oposición no son consentimiento. El estupro, artículo 180, sanciona con uno a cinco años de prisión la cópula con persona mayor de quince y menor de dieciocho años obtenida mediante engaño. Sobre esta base, el código prevé agravantes que elevan sustancialmente las penas — entre otras, cuando la víctima es menor de edad o no puede resistir, y cuando el agresor tiene una relación de autoridad, parentesco o confianza —, de modo que la pena real de cada caso se determina con el expediente, no con una tabla.
Las víctimas de estos delitos tienen derechos que no dependen de la buena voluntad de nadie: están en el artículo 20, apartado C, de la Constitución. Entre ellos, recibir asesoría jurídica, coadyuvar con el Ministerio Público — aportar pruebas e intervenir en el proceso —, recibir atención médica y psicológica de urgencia, obtener la reparación del daño, y el resguardo de su identidad en los delitos de violación y cuando son menores de edad. A eso se suma la obligación de las fiscalías especializadas de atender con personal capacitado y de evitar la revictimización: la víctima no tiene por qué narrar los hechos una y otra vez ante personas distintas, ni ser careada con su agresor cuando es menor. El papel del abogado de víctimas es exactamente ese: que el proceso repare en lugar de volver a lastimar.
Del otro lado, una acusación por delitos sexuales es de las situaciones más graves que una persona puede enfrentar: el señalamiento solo ya tiene costos familiares, laborales y sociales enormes, antes de cualquier sentencia. Hay acusaciones fundadas — la mayoría lo son — y hay acusaciones que nacen en medio de divorcios, disputas de custodia o conflictos laborales; distinguirlas es función de la investigación y del juez, y la defensa técnica existe para que esa distinción se haga con pruebas y no con presunciones. La regla inicial es una sola: no declarar sin defensor. La asesoría inicial cuesta $2,000 MXN e incluye la revisión confidencial del caso, la evaluación honesta de su viabilidad — se represente a víctima o a persona acusada, nunca a ambas — y el presupuesto cerrado por escrito. Si el asunto no admite espera, la sección de urgencias del sitio atiende las 24 horas.
La asesoría inicial es tu primer paso. Asesoría desde $2,000 MXN.
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