Óscar Miranda Abogado
Áreas de práctica
Ver todasDefensa estratégica · juicios orales · amparo penal
Divorcios · pensión · custodia · sucesiones
Despido, finiquito y liquidación · lo que te corresponde de verdad
Contratos · arrendamiento · daños · litigio
Cobro de deudas · pagaré · juicios ejecutivos
Constitución · compliance · gobierno corporativo
Defensa SAT · TFJA · predial · amparo fiscal
Clausuras · multas · INVEA · juicio de nulidad
Residencias · naturalización · INM
Compraventa · escrituración · vicios ocultos
Negativa de pensión · semanas cotizadas · Modalidad 40
Asesoría inicial desde $2,000 MXN · Lunes a viernes 9:00 – 21:00
Agendar por WhatsAppÓscar Miranda Abogado
ÁREAS DE PRÁCTICA
Un abogado especialista en pensiones IMSS no está para tramitar lo que tú puedes tramitar en ventanilla: está para cuando el Instituto ya dijo que no, o dijo que sí por un monto que no cuadra. Los casos son casi siempre los mismos. Te niegan la pensión porque el sistema dice que te faltan semanas, aunque trabajaste esos años. Te reconocen menos semanas de las que cotizaste porque un patrón nunca te dio de alta o te reportó con salario menor al real. Te calculan la pensión con un promedio salarial que no corresponde. Te aplican la Ley 97 cuando te correspondía la Ley 73, o al revés. Te niegan la pensión por invalidez pese a un dictamen que la sustenta. Frente a eso hay dos vías reales y un orden: primero el recurso de inconformidad ante el propio Instituto, que es gratuito, y después la demanda ante los Tribunales Laborales Federales, que es donde se corrigen las resoluciones equivocadas. Lo que no funciona es volver a la ventanilla a pedir lo mismo esperando otra respuesta.
Información actualizada:
CASOS QUE ATENDEMOS

CÓMO TE AYUDAMOS
01
Se pide y se lee todo: constancia de semanas cotizadas, historial de salarios base de cotización, resolución del Instituto y estado de cuenta de la Afore. Ahí aparece la diferencia entre lo que trabajaste y lo que el sistema registró. Sin ese cruce no hay diagnóstico, solo suposiciones.
02
Se determina si te rige la Ley del Seguro Social de 1973 o la de 1997, porque de eso depende cómo se calcula la pensión y qué conviene reclamar. Se corre el cálculo del monto que debería corresponderte y se compara con lo que el Instituto resolvió. Si la diferencia no justifica el pleito, se dice con esa franqueza.
03
Contra los actos definitivos del Instituto procede el recurso de inconformidad previsto en el artículo 294 de la Ley del Seguro Social. Es gratuito, se resuelve dentro del propio IMSS y evita gastos judiciales cuando el error es evidente y documentable. Se agota con el expediente ya armado, no improvisado.
04
Si el Instituto sostiene la negativa, la controversia entre el asegurado y el IMSS se lleva ante los Tribunales Laborales Federales conforme al artículo 295 de la Ley del Seguro Social. Ahí se demanda el reconocimiento de semanas, la corrección del salario promedio, el otorgamiento de la pensión o el pago de las diferencias devengadas.
05
Ganar la sentencia no es el final: se ejecuta para que el Instituto emita la nueva resolución, ajuste el monto mensual y pague las diferencias generadas desde que la pensión debió otorgarse correctamente. En pensiones mal calculadas, ese retroactivo suele ser la parte más grande del resultado.
POR QUÉ CON ÓSCAR
En materia de pensiones IMSS la regla es simple: la pensión no es un favor administrativo, es un derecho que se acredita con documentos. Por eso el primer trabajo real no es jurídico sino de reconstrucción. La constancia de semanas cotizadas del IMSS refleja lo que los patrones reportaron, no necesariamente lo que trabajaste. Cuando un patrón no te dio de alta, te dio de alta tarde o te reportó con un salario base de cotización menor al que realmente te pagaba, esa omisión no aparece como error del Instituto: aparece como si tú no hubieras trabajado. Recuperar esos periodos con recibos de nómina, contratos, estados de cuenta, constancias y testigos es lo que cambia el resultado de una pensión.
El camino de impugnación tiene un orden y saltárselo cuesta tiempo. El artículo 294 de la Ley del Seguro Social establece el recurso de inconformidad contra los actos definitivos del Instituto: es la vía administrativa, es gratuita y en errores claros de cómputo o de aplicación de régimen suele bastar. Cuando el Instituto sostiene su negativa, el artículo 295 de la misma ley atribuye la competencia para resolver las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto a los tribunales laborales federales. Ahí el asunto deja de ser una queja y se convierte en un juicio con pruebas, pericial actuarial cuando hace falta y sentencia obligatoria.
En pensiones IMSS el régimen aplicable define casi todo. Quien cotizó por primera vez antes del 1 de julio de 1997 puede optar por la Ley de 1973, donde la pensión se calcula sobre el promedio del salario base de cotización de las últimas 250 semanas y el resultado depende directamente de ese promedio. Quien inició después queda bajo la Ley de 1997, donde la pensión se financia con lo acumulado en la cuenta individual. Confundir el régimen, o dejar que el Instituto aplique el equivocado sin impugnarlo, produce diferencias que se arrastran de por vida. Por eso la primera revisión siempre es de fechas de alta, no de expectativas.
La asesoría inicial cuesta $2,000 MXN e incluye la lectura de tu constancia de semanas cotizadas y de la resolución del Instituto, la determinación del régimen que te aplica, el cálculo estimado de la pensión que debería corresponderte y la recomendación honesta de si conviene impugnar. Cuando la diferencia no justifica el juicio, se dice. Se atiende IMSS e ISSSTE en Ciudad de México, Estado de México e Hidalgo, y de forma remota en el resto del país. Ninguna de estas vías garantiza un resultado: lo que se compromete es la estrategia, la documentación y los plazos, que es lo que sí depende del despacho.
La asesoría inicial es tu primer paso. Asesoría desde $2,000 MXN.
Agendar asesoríaTemas relacionados
Negativa de pensión del IMSS
Te la negaron o la calcularon mal: recurso de inconformidad y demanda federal.
Modalidad 40 del IMSS
Continuación voluntaria: requisitos, costo real y cuándo conviene de verdad.
Recuperación de Afore
Devolución del SAR 92, retiros y afore de un familiar fallecido: litigio formal, sin gestores.
Pensión ISSSTE
Negativa, sueldo regulador mal calculado y años no reconocidos: la vía correcta es el TFJA.
Devolución del Infonavit
Fondo 72-92, SAR 92 y Vivienda 97: recupera las aportaciones que nunca usaste.
Abogado laboral en CDMX
El patrón que no te dio de alta es la causa más común de una pensión incompleta.
Calculadora de liquidación
Si además te despidieron, calcula lo que te corresponde por la terminación.
Agendar revisión de tu pensión
Lectura de tu constancia de semanas y de la resolución del Instituto.
Fuentes oficiales consultadas
Links externos a fuentes oficiales del Estado mexicano. Se abren en pestaña nueva.
Áreas relacionadas
Despido, finiquito y semanas cotizadas
El patrón que no dio de alta o cotizó con salario menor es la causa más común de una pensión mal calculada.
Explorar área familiarPensión por viudez y orfandad
El derecho a la pensión derivada depende de acreditar matrimonio, concubinato o filiación.
Explorar área fiscalJuicio contra la autoridad
Demandar al IMSS usa la misma maquinaria de impugnación que la defensa ante el SAT.
Explorar área