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Construcción sin licencia: una denuncia basta para demoler
La mayoría de construcciones irregulares SE PUEDEN regularizar, pero los plazos son brutalmente cortos.
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ÁREAS DE PRÁCTICA
'Me clausuraron mi negocio' es una de las urgencias más frecuentes que atiende este despacho, y la primera instrucción es siempre la misma: no toques los sellos. Quebrantarlos — o seguir operando aunque queden intactos — es un delito con pena de prisión en la Ciudad de México, y convierte un problema administrativo con solución en un problema penal que te persigue. Lo segundo que hay que saber: una clausura no es el final del negocio. El INVEA y las alcaldías clausuran por causas concretas — operar sin aviso o permiso de funcionamiento, incumplir protección civil, violar el uso de suelo, vender alcohol fuera de norma — y cada causa tiene una ruta de salida: subsanar la irregularidad y solicitar el levantamiento, o impugnar la clausura cuando el procedimiento tiene vicios, que los tiene con mucha frecuencia. Lo que no perdona es el tiempo: cada día con sellos es renta, nómina e inventario perdidos, y los plazos para defenderte del acta de verificación se cuentan en días, no en meses. Un abogado para levantar una clausura trabaja contra ese reloj desde el primer día.
Información actualizada:
CASOS QUE ATENDEMOS

CÓMO TE AYUDAMOS
01
La clausura vale lo que valga el papel que la sostiene. La orden de visita debe precisar el domicilio, la materia y el alcance de la verificación, y el acta debe levantarse con requisitos estrictos: identificación de los verificadores, testigos, circunstanciación de hechos. Una orden genérica o un acta defectuosa pueden tirar todo el procedimiento. Esta revisión se hace el primer día, porque define toda la estrategia.
02
Conforme a la Ley del Instituto de Verificación Administrativa de la CDMX, tienes diez días hábiles a partir de la visita para presentar observaciones y ofrecer pruebas contra lo asentado en el acta. Es la primera oportunidad real de defensa y la que más negocios dejan pasar por no saber que existe. Comparecemos, ofrecemos pruebas y peleamos la calificación del acta antes de que la sanción quede firme.
03
Si la causa de la clausura es real y corregible — un aviso de funcionamiento que no se tramitó, un programa de protección civil vencido — la ruta más rápida suele ser subsanar la irregularidad, acreditarlo ante la autoridad y solicitar el levantamiento de la clausura. Si la clausura es ilegal o desproporcionada, se impugna. Muchas veces se hacen ambas cosas en paralelo, y te decimos desde el diagnóstico cuál conviene a tu caso.
04
Contra la clausura y las multas procede el juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la CDMX y, cuando el acto viola derechos fundamentales, el amparo indirecto. En el amparo se solicita la suspensión, que — cuando procede, porque no es automática ni aplica en todos los supuestos — puede permitir la reapertura del negocio mientras el fondo se litiga. Con un negocio parado, esa medida es la diferencia entre sobrevivir el juicio o no llegar a la sentencia.
05
La clausura casi siempre viene acompañada de multa, y la multa se combate por vicios propios: indebida fundamentación, mala individualización de la sanción, montos fuera de norma. Levantada la clausura, cerramos el expediente y dejamos el negocio blindado: checklist documental completo — aviso o permiso de funcionamiento, protección civil, uso de suelo, permisos de alcohol — para que la siguiente verificación no encuentre nada.
POR QUÉ CON ÓSCAR
En la Ciudad de México los establecimientos mercantiles se verifican conforme a la Ley del Instituto de Verificación Administrativa: el INVEA y las alcaldías practican visitas — muchas veces sin aviso previo, a partir de una denuncia ciudadana o de un programa de verificación — levantan un acta circunstanciada y pueden imponer la clausura como medida de seguridad o como sanción. El visitado tiene diez días hábiles a partir de la visita para formular observaciones y ofrecer pruebas contra el acta, la autoridad debe desahogar una audiencia y después dictar la resolución que califica el acta e impone sanciones. Cada una de esas etapas tiene requisitos formales que la autoridad incumple con frecuencia: órdenes genéricas, verificadores mal identificados, actas sin circunstanciar, notificaciones defectuosas. Esos vicios son defensa real, pero solo sirven si se hacen valer a tiempo.
Lo que nunca debe hacerse es romper, alterar o retirar los sellos, ni seguir operando el negocio clausurado. El artículo 286 del Código Penal de la Ciudad de México sanciona el quebrantamiento de sellos colocados por orden de autoridad con dos a siete años de prisión, además de multa, y equipara al mismo delito el que el titular, propietario o responsable de un establecimiento en estado de clausura realice o permita actos de comercio o prestación de servicios, aunque los sellos permanezcan intactos. Es decir: abrir 'por la puerta de atrás' también es delito. Una clausura se pelea con derecho y se gana; unos sellos rotos convierten al dueño del negocio en imputado y contaminan toda la defensa administrativa.
La clausura se levanta por dos vías legales. La primera es subsanar: cuando la causa es una irregularidad corregible — el aviso de funcionamiento que no se presentó, el dictamen de protección civil vencido, el permiso que faltaba — se corrige, se acredita ante la autoridad y se solicita el levantamiento de la clausura y el retiro de sellos. La segunda es impugnar: cuando la clausura es ilegal, desproporcionada o el procedimiento está viciado, procede el juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México y, en su caso, el amparo indirecto con solicitud de suspensión. La suspensión no procede en automático ni en todos los supuestos, pero cuando se obtiene puede permitir reabrir mientras el juicio se resuelve — y con un negocio que pierde dinero cada día, obtenerla o no obtenerla es el caso entero. Las multas asociadas se combaten en los mismos medios de defensa.
La mejor clausura es la que nunca ocurre. Un establecimiento con su documentación en orden — aviso o permiso de funcionamiento vigente, programa interno de protección civil, certificado de uso de suelo compatible con el giro, permisos de venta de alcohol cuando aplican — le quita a cualquier verificación su resultado más caro. La asesoría inicial cuesta $2,000 MXN e incluye la revisión de tu orden y acta de verificación, el diagnóstico de si tu caso se subsana o se impugna, los plazos exactos que te están corriendo y el presupuesto cerrado de la estrategia completa. Si los sellos se colocaron hace días y el plazo de pruebas sigue abierto, la atención es prioritaria: esa ventana no se recupera. Esta página trata la clausura de establecimientos mercantiles; si lo que tienes es una obra suspendida, la defensa vive en la página de construcción sin licencia.
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