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Legítima defensa: los 4 requisitos que te salvan o te hunden
El 70% de quienes se defienden en su casa terminan procesados. La proporcionalidad es la clave. Caso real.
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ÁREAS DE PRÁCTICA
La usurpación de identidad casi nunca se descubre en el momento en que ocurre. Se descubre después: por una llamada de cobranza sobre un crédito que nunca pediste, por un rechazo de crédito hipotecario que no entiendes, por una consulta al Buró donde aparecen tarjetas que jamás firmaste, o por un citatorio del SAT sobre una empresa en la que supuestamente eres socio. Alguien usó tus datos —tu INE, tu RFC, tu firma falsificada— para contratar en tu nombre, y ahora el sistema financiero te trata como deudor de dinero que nunca viste. Aquí hay que tener clara una cosa desde el primer día: tú no debes lo que no contrataste, pero el problema no se resuelve solo. Cada semana que pasa sin denuncia, el registro negativo se consolida, la cobranza escala y el rastro del usurpador se enfría. Por eso este asunto se trabaja como una operación con dos frentes simultáneos: el penal, para perseguir el delito y documentar oficialmente que fuiste víctima, y el administrativo-financiero, para impugnar cada contrato, detener la cobranza y eliminar los registros fraudulentos de tu historial. La denuncia es la llave que abre todo lo demás.
Información actualizada:
CASOS QUE ATENDEMOS

CÓMO TE AYUDAMOS
01
Se presenta denuncia por usurpación de identidad ante la Fiscalía —con apoyo de la Policía Cibernética cuando la contratación fue digital— aportando todo lo que ya tengas: reporte de Buró, cartas de cobranza, estados de cuenta, contratos que te hayan mostrado. La denuncia no es un trámite simbólico: es el documento que acredita oficialmente tu calidad de víctima y la llave para el reporte especial en Buró, la reclamación ante CONDUSEF y la impugnación de cada contrato.
02
Con la denuncia se solicita el reporte de crédito especial ante las sociedades de información crediticia (Buró de Crédito y Círculo de Crédito) y se presenta reclamación formal contra cada registro que no reconoces. La sociedad debe marcar el registro como impugnado y correr traslado al otorgante para que pruebe que tú contrataste. Un crédito fraudulento no se «negocia» ni se paga para que deje de molestar: se elimina.
03
Contra bancos, financieras y tiendas departamentales que otorgaron crédito a tu nombre sin verificar la identidad se presenta reclamación ante CONDUSEF, que abre expediente, requiere al otorgante el contrato y la documentación con la que dice haberte identificado, y gestiona la cancelación del adeudo. La institución que prestó sin verificar bien asumió ese riesgo: no tiene por qué trasladártelo a ti.
04
Cada contrato fraudulento se objeta formalmente: la firma no es tuya, el consentimiento nunca existió y el contrato no te obliga. Si algún otorgante o despacho insiste en cobrar judicialmente, se opone la falsedad de la firma y se pide el peritaje caligráfico correspondiente. Quien afirma que tú firmaste tiene que probarlo, y un dictamen pericial serio desarma un contrato falsificado.
05
Se da seguimiento hasta que cada registro fraudulento quede eliminado del historial crediticio y, cuando el robo de identidad alcanzó tu RFC —facturas emitidas a tu nombre, empresas donde apareces como socio—, se activa el frente fiscal: aclaración ante el SAT, desconocimiento de operaciones y, en su caso, la vía penal contra quienes usaron tus datos. Al final se implementan medidas de prevención para que no vuelva a ocurrir.
POR QUÉ CON ÓSCAR
En la Ciudad de México la usurpación de identidad es delito conforme al artículo 211 Bis del Código Penal para el Distrito Federal: a quien por cualquier medio usurpe, con fines ilícitos, la identidad de otra persona, u otorgue su consentimiento para llevar a cabo la usurpación de su identidad, se le impone pena de uno a cinco años de prisión y de cuatrocientos a seiscientos días multa, y la pena aumenta hasta en una mitad para quien se aproveche de la homonimia, el parecido físico o la similitud de voz para cometerlo. Esto significa que abrir un crédito, una cuenta o una empresa con los datos de otra persona no es un simple problema entre tú y el banco: es un delito perseguible ante la Fiscalía, y la denuncia es la pieza que convierte tu versión en un hecho documentado ante todas las demás instancias.
Frente a los otorgantes de crédito, el punto de partida jurídico es elemental: un contrato que no firmaste no te obliga. El consentimiento es un elemento de existencia del contrato, y cuando la firma fue falsificada o los datos fueron usados sin tu autorización, la obligación simplemente no nació para ti. La carga de probar que tú contrataste corresponde a quien lo afirma, y para eso existen la objeción de firma y el peritaje caligráfico. La Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros da además la vía de reclamación ante CONDUSEF, donde el otorgante debe exhibir el contrato y la documentación con la que dice haber verificado tu identidad — y con frecuencia no puede.
El historial crediticio también tiene reglas a tu favor. La Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia te da derecho a obtener tu reporte de crédito especial y a presentar reclamación contra cualquier registro que no reconozcas; la sociedad debe marcar el registro como impugnado y requerir al otorgante que acredite la operación, y si no la acredita en los plazos de ley, el registro debe corregirse o eliminarse. Acompañar la reclamación con la denuncia penal por usurpación de identidad cambia por completo el peso del expediente: ya no es un deudor pidiendo un favor, es una víctima de delito exigiendo la eliminación de un registro que nunca debió existir.
Un deslinde importante para saber en qué página estás: si lo que ocurrió es que vaciaron o transfirieron dinero desde una cuenta que sí es tuya, ese asunto se trabaja como fraude bancario y transferencias no reconocidas. Esta página es para el caso inverso: contrataron cosas a tu nombre que tú nunca pediste. Y cuando el robo de identidad alcanza tu RFC —facturas emitidas a tu nombre o empresas fantasma donde apareces como socio—, el frente fiscal se trabaja de la mano de nuestra área de defensa fiscal. La asesoría inicial cuesta $2,000 MXN e incluye la revisión de tu reporte de Buró y de las cartas de cobranza, el mapa de todos los registros fraudulentos y el plan de acción en orden: primero la denuncia, luego cada reclamación con ella en la mano.
La asesoría inicial es tu primer paso. Asesoría desde $2,000 MXN.
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