DERECHO FAMILIAR · GUÍA DE ADOPCIÓN
Requisitos para adoptar en CDMX: lo que la ley pide de verdad
Adoptar en la Ciudad de México es más alcanzable de lo que la mayoría cree: pueden hacerlo parejas, concubinos y también personas solteras. Los requisitos están en el artículo 391 del Código Civil y el proceso tiene dos etapas — el certificado de idoneidad ante el DIF y el juicio ante el Juez de lo Familiar. Aquí está el mapa completo, sin mitos y sin plazos inventados.

Resumen ejecutivo · 2026
- • Quiénes pueden adoptar: cónyuges y concubinos con 2+ años de unión, solteros mayores de 25 y el cónyuge o concubino respecto del hijo de su pareja (art. 391 CC)
- • Diferencia de edad: mínimo 17 años entre adoptante y adoptado
- • Etapa administrativa: certificado de idoneidad ante el DIF CDMX — curso de inducción y evaluaciones legal, psicológica y socioeconómica; el trámite es gratuito
- • Etapa judicial: el Juez de lo Familiar constituye la adopción y se emite nueva acta de nacimiento
- • Parejas del mismo sexo: adoptan en igualdad de condiciones (acción de inconstitucionalidad 2/2010, SCJN)
- • Asesoría inicial: $2,000 MXN con identificación de tu supuesto y lista exacta de documentos
Los requisitos del artículo 391, uno por uno
Son requisitos de fondo que el juez verifica — no formalismos. Revisa en cuál supuesto encajas.
Cónyuges y concubinos
2 años de uniónLos cónyuges adoptan en forma conjunta con al menos dos años de casados; los concubinos, acreditando convivencia ininterrumpida de al menos dos años (artículo 391 del Código Civil). Ambos deben consentir y comparecer ante el juez. Aplica igual para parejas del mismo sexo desde la acción de inconstitucionalidad 2/2010 de la Suprema Corte.
Personas solteras
25 años o másNo necesitas pareja para adoptar: el artículo 391 permite adoptar a las personas físicas solteras mayores de veinticinco años. Los requisitos de fondo son los mismos — medios suficientes, aptitud para adoptar y que la adopción beneficie al menor, todo evaluado en la etapa de idoneidad.
Diferencia de edad
Mínimo 17 añosEn todos los supuestos, la diferencia de edad entre adoptante y adoptado debe ser de por lo menos diecisiete años. Es un requisito de fondo que el juez verifica, no un formalismo que se pueda sortear.
Certificado de idoneidad
DIF CDMX · trámite gratuitoAntes del juicio está la etapa administrativa ante el DIF de la Ciudad de México: curso de inducción con constancia de asistencia, expediente completo y las evaluaciones legal, psicológica y socioeconómica. De ahí sale el certificado de idoneidad, sin el cual no hay etapa judicial.
El certificado de idoneidad: la etapa que define tu adopción
Primero el curso, luego el expediente. El proceso ante el DIF de la Ciudad de México inicia con un curso de inducción: ahí se explica la realidad de los menores en situación de adoptabilidad y se aclaran expectativas. Acreditar la asistencia te da la constancia con la que se integra el expediente. Después vienen las tres evaluaciones — legal, psicológica y socioeconómica — con las que el DIF acredita tu viabilidad para el acogimiento. De ahí sale el certificado de idoneidad. El trámite es gratuito.
Los documentos típicos del expediente. Identificación oficial, acta de nacimiento, acta de matrimonio o constancia de concubinato cuando aplica, comprobante de domicilio, comprobantes de ingresos, certificado médico, carta de no antecedentes penales y una exposición de motivos: por qué quieres adoptar y qué vida ofreces. Cada documento faltante o mal presentado genera una prevención, y cada prevención se traduce en meses. Por eso la etapa administrativa es la que más respeto merece — y la que más se subestima.
La adopción del hijo del cónyuge: la más común y la más ágil. Si has criado como propio al hijo de tu esposo, esposa o concubino, el artículo 391 te permite adoptarlo cuando tu pareja ejerce individualmente la patria potestad y acreditan al menos dos años de convivencia. El procedimiento parte de una situación familiar que ya existe en los hechos, y suele avanzar más rápido que una adopción de menor bajo tutela del Estado. Al final, el juez ordena una nueva acta de nacimiento — el mismo trámite registral que se trabaja en la rectificación de actas.
Los mitos que frenan a la gente. Que solo adoptan los matrimonios: falso — los solteros mayores de 25 años pueden. Que las parejas del mismo sexo no pueden: falso desde hace años — la Suprema Corte lo zanjó en la acción de inconstitucionalidad 2/2010, sobre la base de que la Constitución protege todas las formas de familia. Que necesitas ser rico: la ley pide medios suficientespara proveer la subsistencia y educación del menor, no riqueza. Y que “tarda décadas”: tarda, sí — pero buena parte de esos tiempos son expedientes mal armados, no la ley.
Regla práctica
Nadie serio te promete una fecha: los tiempos dependen del DIF, del juzgado y de tu expediente. La única variable que está totalmente en tus manos es entrar con el expediente completo y las evaluaciones bien preparadas desde el primer día. Cómo trabajamos cada etapa está en el servicio de adopción del despacho, dentro de la práctica de derecho familiar.
Preguntas frecuentes sobre adoptar en CDMX
¿Quiénes pueden adoptar en la Ciudad de México?
El artículo 391 del Código Civil para el Distrito Federal lo enumera: los cónyuges en forma conjunta con al menos dos años de casados; los concubinos que acrediten convivencia ininterrumpida de al menos dos años; las personas físicas solteras mayores de veinticinco años; el tutor respecto de su pupilo una vez aprobadas las cuentas de la tutela; y el cónyuge o concubino respecto del hijo de su pareja, con al menos dos años de convivencia. En todos los casos, la diferencia de edad entre adoptante y adoptado debe ser de por lo menos diecisiete años, y hay que acreditar medios suficientes, que la adopción beneficia al menor y aptitud para adoptar.
¿Qué es el certificado de idoneidad del DIF CDMX y cómo se obtiene?
Es el documento con el que el DIF de la Ciudad de México acredita que eres viable para el acogimiento con fines de adopción. Se obtiene tras acreditar el curso de inducción, integrar el expediente completo y aprobar las evaluaciones legal, psicológica y socioeconómica que realiza el propio DIF. El trámite ante el DIF es gratuito. Es la etapa que más se subestima: la mayoría de los retrasos de una adopción nacen de un expediente administrativo incompleto o de evaluaciones mal preparadas, no del juzgado.
¿Puede adoptar una persona soltera? ¿Y una pareja del mismo sexo?
Sí a ambas. Las personas solteras mayores de veinticinco años pueden adoptar conforme al artículo 391 del Código Civil, con los mismos requisitos de fondo que cualquier otro solicitante. Y desde la acción de inconstitucionalidad 2/2010, en la que el Pleno de la Suprema Corte validó el matrimonio entre personas del mismo sexo en la capital y su acceso a la adopción, las parejas del mismo sexo —casadas o en concubinato— adoptan en la Ciudad de México en igualdad de condiciones. La Corte sostuvo que la Constitución protege todas las formas de familia.
¿Cómo funciona la adopción del hijo de mi esposo o esposa?
Es el supuesto más frecuente y, en general, el más ágil: el artículo 391 permite al cónyuge o concubino adoptar al hijo de su pareja cuando ésta ejerce individualmente la patria potestad y acreditan al menos dos años de convivencia. El procedimiento parte de una situación familiar que ya existe en los hechos —has criado a ese niño como propio— y lo que hace la adopción es darle filiación legal: apellidos, seguridad social, alimentos y herencia. Requiere el consentimiento del progenitor, y la situación del otro progenitor biológico, si lo hay, se revisa caso por caso.
¿Cuánto tarda una adopción en CDMX?
Sería deshonesto prometerte una fecha: el tiempo total depende del DIF, del juzgado y —en buena medida— de tu propio expediente. Lo que sí se puede decir es que el proceso tiene dos etapas (la administrativa ante el DIF y la judicial ante el Juez de lo Familiar), que la adopción del hijo del cónyuge suele avanzar más rápido porque parte de una convivencia ya acreditada, y que un expediente completo y bien planteado desde el primer día es la única variable que está totalmente en tus manos: cada prevención o documento faltante se traduce en meses.
¿Listo para armar tu expediente de adopción?
Asesoría inicial $2,000 MXN. Identificamos tu supuesto de adopción, revisamos requisitos y te entrego la lista exacta de documentos para empezar bien desde el primer día.