Óscar Miranda Abogado
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GUÍA GRATUITA · 2026
La extorsión vive de tu miedo en los primeros cinco minutos: el «secuestro» de un familiar que está bien, el «licenciado» que exige un depósito, la app de préstamos que amenaza a tus contactos. Esta guía te dice qué hacer durante la llamada, cómo denunciar — incluso de forma anónima — y qué dice la nueva Ley General de Extorsión. Verificada contra el texto publicado en el DOF.
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Te la mandamos completa por WhatsApp — esta guía protege más si la conocen todos en casa antes de que suene el teléfono. Si la extorsión ya está ocurriendo, escríbenos directamente: se atiende con prioridad y discreción.
Lo que vas a encontrar
La extorsión telefónica es, en su inmensa mayoría, teatro a distancia: personas que no te conocen, que marcaron mil números ese día y que dependen de que el miedo te impida pensar. Su guion necesita tres cosas de ti: que no cuelgues, que no verifiques y que pagues rápido. Niégales las tres.
Y la regla que más cuesta aceptar: pagar no compra paz. Quien paga una vez entra a una lista de personas que pagan; las exigencias regresan, con montos mayores. Cortar el ciclo — colgar, documentar, reportar — es lo único que estadísticamente apaga estas llamadas.
El 28 de noviembre de 2025 se publicó en el DOF la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión. Dos cambios te importan como víctima:
| Conducta | Pena | Fundamento |
|---|---|---|
| Extorsión (pena base) | 15 a 25 años de prisión | Ley General, art. 15 |
| Cobro de cuotas o «derecho de piso» a negocios | +4 a 8 años adicionales | Art. 16, fraccs. I y II |
| Por teléfono, apps o medios electrónicos | +5 a 12 años adicionales | Art. 17, fracc. V |
| Usando tus datos, fotos o imágenes (aun manipuladas) | +5 a 12 años adicionales | Art. 17, fracc. IV |
| Fingiendo un secuestro que no existe | +5 a 12 años adicionales | Art. 17, fracc. VII |
| Con violencia, armas, ostentándose como crimen organizado o desde un penal | +7 a 17 años adicionales | Art. 18 |
La ley también ordena mecanismos para bloquear números y líneas usados para extorsionar (art. 25, fracc. VII) y crea un Centro de Atención a Denuncias por este delito (art. 41).
El esquema es siempre igual: descargas una app de préstamos, la app copia tus contactos y tus fotos, te deposita menos de lo ofrecido, y a los pocos días te «cobran» montos inflados con amenazas de difundir tu información — o montajes con tu cara — a toda tu agenda. Aunque hayas recibido un préstamo real, nadie tiene derecho a amenazarte: usar tus datos personales o imágenes, incluso manipuladas, para coaccionarte es extorsión agravada (art. 17, fracc. IV, de la Ley General). El plan:
La vergüenza es su herramienta de trabajo
Estos esquemas dependen de que la víctima se sienta culpable «por haber pedido el préstamo» y pague en silencio. No caíste en un delito: fuiste víctima de uno. Del otro lado no hay un despacho de cobranza, hay una red de extorsión — y la ley ya la trata como tal.
Qué hacer, en orden, cuando la llamada o la amenaza llega:
¿Te están extorsionando ahora?
No pagues ni negocies solo: primero un plan, luego los pasos.
Cuéntanos qué está pasando — llamadas, montadeudas, cobro de piso — y un abogado te dice qué hacer hoy mismo, qué documentar y cómo denunciar sin exponerte. Atención prioritaria y discreta.
Escríbenos por WhatsAppNo. Pagar no compra paz: te marca como alguien que paga, y las exigencias regresan y crecen. La mayoría de las llamadas de extorsión se hacen a distancia — muchas desde centros penitenciarios — por personas que no te conocen ni pueden cumplir sus amenazas; su única arma es tu miedo en los primeros minutos. Cuelga, no negocies solo y repórtalo: la ley hoy obliga a las autoridades a investigar de oficio.
Es la línea nacional de denuncia anónima, disponible las 24 horas. Puedes reportar la extorsión sin dar tu nombre: no es lo mismo que una denuncia formal ante el Ministerio Público, pero alimenta las investigaciones y la inteligencia contra estas redes — y desde la nueva Ley General, el delito de extorsión se investiga y persigue de oficio (art. 6), es decir, la autoridad debe actuar sin esperar a que la víctima ratifique.
Con la Ley General publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2025, la pena base es de 15 a 25 años de prisión (art. 15). Y se suman agravantes: de 5 a 12 años más cuando se comete por teléfono o medios electrónicos, usando información o imágenes privadas — incluso manipuladas —, o fingiendo tener secuestrado a un familiar (art. 17); de 4 a 8 más en el cobro de cuotas o «derecho de piso» a negocios (art. 16); y de 7 a 17 más cuando hay violencia, armas, se ostentan como crimen organizado o llaman desde un centro penitenciario (art. 18).
Eso no es cobranza: es extorsión. Estas apps copian tus contactos y fotos al instalarse y luego amenazan con difamarte, usando incluso imágenes manipuladas — conducta que la nueva ley castiga como extorsión agravada (art. 17, fracc. IV). No pagues «renovaciones» ni «recargos» inventados: cada pago financia la siguiente amenaza. Documenta todo con capturas, desinstala la app y revoca sus permisos, avisa a tus contactos que están usurpando tu identidad, y denuncia — al 089 de forma anónima o ante el Ministerio Público y la policía cibernética.
El «secuestro virtual» vive de que no cuelgues: te aíslan, te impiden verificar y te exigen pagar en minutos. Corta la llamada y localiza a tu familiar directamente por otro medio — llamada, mensaje, la escuela, el trabajo. En la inmensa mayoría de los casos, tu familiar está bien y nunca estuvo en peligro. Exigir rescate por alguien que no está privado de la libertad es extorsión agravada (art. 17, fracc. VII, de la Ley General). Acuerda desde hoy una palabra clave familiar para emergencias reales.
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Defensa y denuncia en casos de extorsión
Ver servicioEsta guía es informativa y no sustituye la asesoría legal. Cada caso es distinto: un abogado, viendo tu situación, puede decirte exactamente cómo actuar. Contenido verificado contra la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión (DOF 28/11/2025, arts. 6, 15 a 18, 25 y 41) vigente en 2026.