Óscar Miranda Abogado
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GUÍA GRATUITA · 2026
Casi todos los errores caros de un despido se cometen en caliente, con una pluma enfrente. Esta guía te da el protocolo completo: qué no firmar, qué evidencia asegurar hoy, cuánto te toca por ley y el plazo de 2 meses que corre desde mañana. Verificada contra la Ley Federal del Trabajo vigente.
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Te la mandamos completa por WhatsApp. Cuéntanos en una línea qué pasó y un abogado te dice si lo que te ofrecen firmar te conviene o te está costando tu liquidación. La orientación inicial no tiene costo.
Lo que vas a encontrar
Tras un despido, el orden correcto es: asegurar evidencia, calcular, asesorarte y solo entonces negociar o firmar. Todo lo que la empresa te ofrezca hoy te lo puede ofrecer — corregido — la próxima semana; lo que no regresa es una firma. Estos son los errores que más dinero cuestan:
La frase que te protege
«Lo va a revisar mi abogado.» Nadie puede obligarte a renunciar, y negarte a firmar no es motivo legal de despido. El artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo declara nula la renuncia de salarios devengados, indemnizaciones y demás prestaciones — pero pelear un papel firmado siempre es más difícil que no firmarlo.
Antes de perder accesos al correo, al sistema o a las instalaciones, respalda todo. Esa evidencia vale más mañana que dentro de un mes:
Si en el papel dice «renuncia voluntaria», cobras finiquito. Si el despido fue injustificado, cobras liquidación. Por eso la empresa que te despide insiste en que firmes tu renuncia «para poder pagarte»: no te está haciendo un favor de trámite, está cambiando la etiqueta que reduce tu pago.
| Concepto | Finiquito (renuncia) | Liquidación (despido injustificado) |
|---|---|---|
| Proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional | Sí | Sí |
| Salarios y prestaciones pendientes | Sí | Sí |
| Indemnización constitucional de 3 meses de salario | No | Sí |
| 20 días de salario por cada año trabajado | No | Sí |
| Prima de antigüedad (12 días por año, con tope legal) | No | Sí |
La diferencia entre «renuncia» y «despido» se mide en dinero. El «mutuo acuerdo» está en medio: es un monto negociado, y su valor depende de con qué números llegues.
Antes de negociar cualquier oferta, saca tu número base en dos minutos con la calculadora de liquidación por despido o, si de verdad renunciaste, con la calculadora de finiquito. Ese número es tu piso de negociación.
La acción por despido injustificado prescribe en 2 meses contados a partir del día siguiente al despido (art. 518 de la Ley Federal del Trabajo). Es un plazo corto y fatal: pasado ese tiempo, aunque tengas toda la razón y todas las pruebas, la acción está prescrita.
La buena noticia: presentar la solicitud de conciliación ante el Centro de Conciliación interrumpe la prescripción. Traducción práctica: no dejes «enfriar» el asunto semanas mientras esperas a que la empresa «te resuelva». Un caso ganable se pierde solo por dejarlo enfriar.
¿Te acaban de despedir?
No firmes renuncia, finiquito ni convenios antes de que revisemos tus números.
Cuéntanos qué te ofrecen firmar y en minutos sabrás si el cálculo está completo o a la baja. Orientación inicial sin costo; la asesoría completa de $2,000 MXN incluye el cálculo exacto y la revisión de cualquier documento.
Escríbenos por WhatsAppDesde la reforma de 2019, antes de demandar es obligatorio agotar la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación competente — el federal o el local, según la materia. Así funciona:
Cómo llegar con números, qué no firmar en esa mesa y qué sigue si no hay acuerdo está explicado a fondo en la página de conciliación laboral del despacho.
Reconócelas para no caer. Ninguna de estas presiones cambia la ley:
El artículo 33 de la LFT declara nula la renuncia de salarios devengados, indemnizaciones y demás prestaciones. Pero un convenio ratificado sí cierra el caso — por eso todo se revisa antes de firmar, nunca después.
Imprímela o guárdala en tu teléfono. Si puedes palomear todo, llegaste protegido a la negociación:
Cuatro cosas, en orden. Primera: no firmes nada — ni renuncia, ni finiquito, ni hojas en blanco, ni 'acuses de recibido' que en realidad son otra cosa. Segunda: asegura tu evidencia hoy mismo, antes de perder accesos — contrato, recibos de nómina, mensajes o correos donde conste el despido, y los nombres de quienes lo presenciaron. Tercera: calcula lo que te corresponde con las calculadoras de liquidación y finiquito del sitio, para negociar contra un número y no contra el miedo. Cuarta: anota la fecha del despido — tu plazo legal de 2 meses empieza a correr al día siguiente.
No la firmes. Es la trampa más común y la más cara: si firmas una renuncia 'voluntaria', en el papel dejaste de ser un despedido y pierdes la base para reclamar la indemnización — te quedas solo con el finiquito. Nadie puede obligarte a renunciar, y negarte a firmar no es motivo legal de despido. Si te presionan con que 'no te dan tu dinero si no firmas', es al revés: lo que te deben, te lo deben con o sin firma. El artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo declara nula la renuncia de salarios devengados, indemnizaciones y demás prestaciones — pero pelear un papel firmado siempre es más difícil que no firmarlo. Sal de la sala, di que lo revisará tu abogado y consúltalo antes de estampar cualquier firma.
Si el despido fue injustificado, la ley te da la liquidación completa: 3 meses de salario de indemnización constitucional, 20 días de salario por cada año trabajado, prima de antigüedad de 12 días por año con tope legal, más los proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, y cualquier salario o prestación pendiente. Si renunciaste voluntariamente, solo corresponde el finiquito: proporcionales y pendientes, sin indemnización. Por eso la diferencia entre 'renuncia' y 'despido' se mide en dinero — y por eso la empresa insiste tanto en que firmes la renuncia. Que no te hayan pagado nada no significa que no te toque: significa que hay que reclamarlo a tiempo.
Dos meses. La acción por despido injustificado prescribe en 2 meses contados a partir del día siguiente al despido, conforme al artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo. Es un plazo corto y fatal: pasado ese tiempo, aunque tengas toda la razón y todas las pruebas, la acción está prescrita. La buena noticia es que presentar la solicitud de conciliación ante el Centro de Conciliación interrumpe la prescripción. Traducción práctica: no dejes 'enfriar' el asunto semanas mientras esperas a que la empresa 'te resuelva' — cada día que pasa juega para el patrón.
Cambia lo que cobras. Con renuncia voluntaria recibes finiquito: proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, más pendientes. Con despido injustificado recibes liquidación: lo anterior más 3 meses de indemnización constitucional, 20 días por año y prima de antigüedad. El 'mutuo acuerdo' o 'terminación por convenio' está en medio: es un monto negociado, y su valor depende por completo de con qué números llegues a negociar. Un convenio ratificado ante el Centro de Conciliación adquiere fuerza de cosa juzgada — cierra tu caso para siempre — así que se revisa renglón por renglón antes de firmarse, nunca después.
La conciliación prejudicial obligatoria. Desde la reforma de 2019, antes de demandar debes presentar una solicitud ante el Centro de Conciliación competente — el federal o el local, según la materia — y agotar esa instancia, que no debe exceder de 45 días naturales. La solicitud interrumpe la prescripción del plazo de 2 meses, así que presentarla a tiempo protege tu acción. En la audiencia se negocia un convenio; si no hay acuerdo digno, el Centro emite la constancia de no conciliación y con ella se demanda ante el Tribunal Laboral. La mayoría de los casos se resuelven ahí — y se resuelven bien o mal según qué tan preparado llegues a esa mesa.
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Ver servicioEsta guía es informativa y no sustituye la asesoría legal. Cada caso es distinto: un abogado, viendo tus documentos, puede decirte exactamente dónde estás parado. Contenido verificado contra la Ley Federal del Trabajo y el procedimiento de conciliación prejudicial vigentes en 2026.