LITIGIO · GUÍA DE URGENCIA
¿Qué hacer si te demandan? La guía para no perder por no contestar
Saber qué hacer si te demandan se reduce a entender una cosa a tiempo: el papel que dejó el actuario es serio aunque lo hayan pegado en la puerta, y desde ese momento corren días contados para contestar. Nadie pierde un juicio por recibir una demanda; se pierde por ignorarla. Esta guía explica qué es el emplazamiento, cuánto tiempo tienes según la vía, y qué defensas se abren si actúas dentro del plazo — sin pánico y sin dejar pasar un solo día.

Resumen ejecutivo · 2026
- • El emplazamiento cuenta aunque no hayas firmado ni abierto la puerta — el instructivo produce efectos
- • Plazos por vía: 8 días ejecutivo mercantil · 15 ordinario mercantil · 15 ordinario civil CDMX — y corren desde el emplazamiento
- • Ignorarla = rebeldía: el juicio sigue sin ti, con presunciones en tu contra y embargo que se consolida
- • Primero leer: quién demanda, qué reclama y en qué vía — de eso depende toda la estrategia
- • Las defensas existen: prescripción, pago, alteración del título, cesión no acreditada, vicios del emplazamiento
- • Asesoría inicial: $2,000 MXN — lectura de la demanda y cálculo exacto de tu plazo, con atención prioritaria
Me emplazaron: las 4 cosas que debes entender hoy
Cuatro reglas explican casi todo lo que va a pasar en tu juicio — y las cuatro premian al que actúa temprano.
El emplazamiento es en serio
Aunque no hayas firmado nadaEl emplazamiento es la notificación formal de que existe un juicio en tu contra y de que tu plazo para defenderte empezó a correr. No necesita tu firma ni tu consentimiento: si no te encuentran tras el citatorio, la diligencia se practica con quien esté en el domicilio o por instructivo. El papel en la puerta produce los mismos efectos que uno entregado en mano.
Los plazos no son iguales
8 · 15 días, según la víaCada materia y cada vía tienen su término: 8 días en el juicio ejecutivo mercantil (art. 1396 del Código de Comercio), 15 en el ordinario mercantil (art. 1378) y 15 en el ordinario civil de CDMX (art. 256 del código procesal local), entre otros. Corren desde el emplazamiento, no desde que te enteraste. Por eso el primer acto de defensa es calcular tu plazo exacto.
El error mortal: ignorarla
Rebeldía = perder sin pelearSi no contestas, el juicio sigue en rebeldía: sin tus excepciones, sin tus pruebas y, según la vía, con presunciones en tu contra. Deudas prescritas, pagarés alterados y montos inflados se convierten en sentencias firmes solo porque nadie los combatió a tiempo. Ningún caso mejora por dejarlo pasar.
Las defensas existen
Excepciones y prescripciónContestar a tiempo abre todas las puertas: prescripción de la acción, pago total o parcial no reconocido, alteración o llenado abusivo del documento, cesiones de cartera no acreditadas, intereses distintos a los pactados, vicios del emplazamiento. La mayoría de los juicios 'perdidos de antemano' tenían al menos una defensa real que nadie opuso.
Cuántos días tengo para contestar una demanda — y qué sigue
Primero, lee qué te demandan y en qué vía. El legajo del actuario incluye la demanda y sus anexos: ahí está quién reclama, cuánto y por qué documento. La vía lo cambia todo — un ejecutivo mercantil trae embargo desde el inicio y 8 días para contestar; un ordinario da 15 —, así que identifica el juzgado y el número de expediente. En CDMX puedes seguir los acuerdos de tu expediente en el portal del Poder Judicial de la Ciudad de México. Y no firmes ni pagues nada antes de saber qué reclaman: un pago parcial puede revivir una deuda ya prescrita.
Después, arma el legajo completo para tu abogado. Todo lo que dejó el actuario, sin quitar una sola hoja — la fecha del emplazamiento y los posibles vicios de la diligencia viven en esas hojas “sin importancia” —, más tus contratos, recibos y correos relacionados. Si te demandan por un pagaré o un crédito, la defensa típica está en las excepciones y en la prescripción: la página de defensa del deudor explica las cinco revisiones que cambian el resultado, y la calculadora de prescripción de deuda te da una primera estimación gratuita antes de la consulta.
La materia decide quién te defiende y cómo. Si lo que está en juego es tu casa — demanda del banco o del Infonavit en juicio hipotecario —, la ruta es la defensa hipotecaria: recibir la demanda no significa perder la casa, pero el plazo corre desde el emplazamiento. Si te demanda un trabajador, la empresa arranca con la carga de la prueba en contra y la contingencia crece cada mes — ahí opera la defensa laboral de empresas. En todos los casos la lógica es la misma: identificar la vía, calcular el plazo y contestar con las defensas correctas.
Regla práctica
Cada día perdido reduce opciones: con el plazo completo se contesta, se oponen excepciones y se negocia desde una posición fuerte; con la mitad del plazo se contesta a las carreras; vencido el plazo, solo queda pelear vicios del emplazamiento o negociar de rodillas. El mejor día para llevar la demanda a un abogado es el mismo día que llega.
Preguntas frecuentes si te llegó una demanda
Me llegó un citatorio del juzgado, ¿qué hago primero?
Consérvalo completo y anota la fecha y la hora exactas en que lo recibiste — de ese dato depende el cálculo de tu plazo. Un citatorio suele anunciar que el actuario volverá al día siguiente para emplazarte; si no estás, la ley le permite practicar la diligencia con quien se encuentre en el domicilio o dejar los documentos por instructivo. Después lee qué juzgado lo emite y qué expediente menciona, y lleva todo a un abogado ese mismo día o el siguiente. Lo único que no debes hacer es guardarlo en un cajón: el papel no desaparece, pero tus días para defenderte sí.
¿Cuántos días tengo para contestar una demanda?
Depende de la materia y de la vía, y esa es la primera trampa: los plazos no son iguales. En el juicio ejecutivo mercantil — el típico de pagarés y créditos — son 8 días para contestar y oponer excepciones (artículo 1396 del Código de Comercio); en el ordinario mercantil, 15 (artículo 1378); en el juicio ordinario civil de CDMX, 15 días desde el emplazamiento (artículo 256 del código procesal local). Otras vías tienen términos propios, algunos aún más cortos. El plazo corre desde que te emplazaron formalmente, no desde que te enteraste — por eso el cálculo exacto se hace el mismo día que llega el papel.
¿Qué pasa si ignoro una demanda?
Se te declara en rebeldía y el juicio sigue sin ti: no opones excepciones, no ofreces pruebas y, según la vía, tu silencio puede generar presunciones en tu contra — en algunos juicios, no contestar equivale a tener por admitidos hechos de la demanda. En un ejecutivo mercantil, además, el embargo trabado al inicio se consolida. Ignorar la demanda es la única forma garantizada de perder: casos con buenas defensas — prescripción, pagos no reconocidos, documentos alterados — se pierden completos por no contestar a tiempo. La rebeldía no anula el juicio; solo te quita la voz dentro de él.
Me demandaron y no sé por qué, ¿cómo averiguo de qué se trata?
El legajo que te dejó el actuario debe incluir copia de la demanda y sus anexos: ahí dice quién te demanda, qué te reclama y en qué vía. Si solo tienes un citatorio o un instructivo con datos del expediente, el número de expediente y el juzgado bastan para consultar el asunto — en CDMX, los acuerdos se publican en el Boletín Judicial del Poder Judicial local y el expediente puede consultarse en el propio juzgado. Lo que no debes hacer es firmar nada ni llamar a 'negociar' con quien te demanda antes de saber exactamente qué te reclaman: un pago parcial o un reconocimiento de deuda puede revivir acciones que ya habían prescrito.
No le abrí al actuario, ¿con eso se detiene el juicio?
No. Esconderse del actuario no impide el emplazamiento: la ley prevé que, agotado el citatorio, la diligencia se practique con quien esté en el domicilio o mediante instructivo — por eso los papeles pegados en la puerta o entregados a un vecino sí cuentan. Evadirlo solo logra que el juicio avance sin que sepas en qué va. Cosa distinta es un emplazamiento mal practicado — domicilio equivocado, persona sin facultad, formalidades omitidas —: ese vicio puede anular lo actuado, pero se combate con un abogado dentro del juicio, no escondiéndose. Si sospechas que te emplazaron mal, es un argumento a tu favor; úsalo, no lo desperdicies.
¿Qué debo llevar al abogado y cuánto cuesta la primera revisión?
Todo el legajo que dejó el actuario, completo y en el orden en que llegó: citatorio, cédula o instructivo, copia de la demanda y cada anexo, sin quitar una sola hoja — las hojas que 'no parecen importantes' suelen ser las que fijan la fecha del emplazamiento o delatan un vicio. Suma cualquier documento tuyo relacionado: contratos, pagarés, recibos de pago, correos. La asesoría inicial cuesta $2,000 MXN e incluye la lectura de la demanda, el cálculo exacto del plazo que te queda, el diagnóstico de las defensas que aplican y la recomendación honesta entre litigar o negociar. Si ya te notificaron, la atención es prioritaria.
¿Ya te emplazaron? Tu plazo corre desde ese día
Asesoría inicial $2,000 MXN con atención prioritaria: leo la demanda, calculo el plazo exacto que te queda y te digo qué defensas aplican — y si conviene litigar o negociar.