PROPIEDAD INDUSTRIAL · GUÍA PARA INVENTORES
Cómo patentar una idea en México — empezando por la verdad incómoda
Si buscas cómo patentar una idea en México, lo primero que debes saber es que las ideas no se patentan. Lo que se patenta es la solución técnica concreta a un problema técnico. La diferencia no es un tecnicismo: es la línea entre gastar en un trámite condenado y proteger algo que de verdad puedas defender.

Resumen ejecutivo · 2026
- • Las ideas no se patentan: se patentan soluciones técnicas nuevas, inventivas y de aplicación industrial (art. 48 LFPPI)
- • No patentable como tal: apps como concepto, métodos de negocio, descubrimientos, software en sí mismo (art. 47 LFPPI)
- • Figuras: patente 20 años · modelo de utilidad 15 · diseño industrial 5 renovable hasta 25
- • Antes de contarla: acuerdo de confidencialidad firmado + secreto industrial (art. 163 LFPPI)
- • Divulgar antes de solicitar puede destruir la novedad — el plazo de gracia de 12 meses (art. 52) es red de seguridad, no estrategia
- • Asesoría inicial: $2,000 MXN con evaluación de patentabilidad y presupuesto cerrado por escrito
Lo que NO se puede patentar (y nadie te dice antes de cobrarte)
El artículo 47 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial es la frontera: no se consideran invenciones los descubrimientos y las teorías científicas, los métodos matemáticos, los esquemas, planes y métodos de negocio, los programas de computacióny las formas de presentar información, cuando se reclaman como tales. “Una app que conecta clientes con proveedores” es un método de negocio más un software: como idea, no es patentable en México.
Eso no significa que tu proyecto quede desprotegido. El código de una app se protege por derecho de autor; el nombre y el logotipo, mediante el registro de marca ante el IMPI — que es otra figura, con otras reglas y otra vigencia: la marca se renueva indefinidamente, la patente expira. Y si dentro de tu idea hay un mecanismo, un proceso o una formulación que resuelve un problema técnico de forma nueva y no obvia, esa parte sí puede ser patentable (artículo 48). El trabajo del especialista es encontrar — o descartar con honestidad — esa solución técnica.
Modelo de utilidad o patente: el camino según lo que tengas
La ley ofrece cuatro rutas distintas para patentar un producto ante el IMPI — o protegerlo por la vía correcta. Elegir mal la figura cuesta tiempo, dinero y a veces la protección entera.
Patente de invención
20 años improrrogablesPara soluciones técnicas nuevas, con actividad inventiva y aplicación industrial (artículo 48 LFPPI). Un mecanismo, un proceso, una formulación. La vigencia corre desde la presentación de la solicitud y exige pagar anualidades (artículo 53).
Modelo de utilidad
15 años improrrogablesPara mejoras funcionales a objetos, utensilios, aparatos o herramientas: nueva disposición, configuración o estructura que da una función diferente o ventajas de uso. Solo exige novedad y aplicación industrial (artículos 58 y 62 LFPPI). Más rápido y menos exigente que la patente.
Diseño industrial
5 años, renovable hasta 25Para la apariencia del producto: forma, configuración u ornamentación que le da un aspecto propio. No protege cómo funciona, protege cómo se ve (artículo 78 LFPPI). Ideal cuando lo copiable es el aspecto, no el mecanismo.
Marca — no es patente
10 años, renovable sin límiteEl nombre, logotipo o signo con el que vendes no se patenta: se registra como marca ante el IMPI, por otra vía y con otras reglas. Si lo que quieres proteger es el nombre de tu producto o negocio, tu camino es el registro de marca, no la patente.
Todo esto — evaluación de la figura, búsqueda del estado de la técnica, redacción y seguimiento — es exactamente el trabajo del servicio de patentes e invenciones del despacho.
“Mi idea me la pueden robar”: qué hacer ANTES de contársela a nadie
Firma un acuerdo de confidencialidad primero. Antes de presentarle el invento a un socio, un fabricante o un inversionista, un NDA bien redactado convierte cualquier fuga en un incumplimiento demandable con consecuencias pactadas. Es un contrato civil breve, barato y desproporcionadamente valioso comparado con lo que evita.
Apóyate en el secreto industrial. El artículo 163 de la LFPPI protege la información de aplicación industrial o comercial que guardas con carácter confidencial, que te da ventaja competitiva y que resguardas con medidas suficientes. No requiere registro, no se publica y no expira mientras se mantenga en secreto. Para fórmulas y procesos internos, a veces es mejor protección que una patente que enseña al mundo cómo copiarte en veinte años.
No divulgues antes de solicitar. La novedad se mide contra el estado de la técnica mundial: publicar el invento en redes, presentarlo en una expo o venderlo puede destruirla. La ley da un plazo de gracia de doce meses para divulgaciones hechas por el propio inventor (artículo 52 LFPPI), pero es un salvavidas, no un plan. Y antes de pagar cualquier trámite, una búsqueda del estado de la técnica en bases nacionales e internacionales responde la pregunta que duele menos hoy que en dos años: ¿alguien ya lo inventó?
Cuánto cuesta patentar — y dónde se gana o se pierde todo
El costo tiene tres componentes: la tarifa vigente del IMPI por la solicitud y el trámite — se consulta en el portal oficial del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial —, los honorarios del especialista que redacta y da seguimiento a la solicitud, y las anualidades que mantienen el derecho vivo durante toda la vigencia. Los honorarios son la parte que más varía y se cotizan por caso: nadie serio te da una cifra sin conocer la invención.
Y aquí la parte que casi nadie explica: el derecho que confiere una patente está determinado por las reivindicaciones otorgadas (artículo 54 LFPPI), no por lo brillante del invento. Reivindicar de más abarca lo ya conocido y provoca el rechazo; reivindicar de menos le regala a tus competidores las variantes de tu propia invención. Dos solicitudes sobre el mismo invento pueden valer cosas completamente distintas según cómo se redactaron. Por eso el trámite “barato” mal reivindicado es el más caro de todos: pagas por un título que no detiene a nadie.
Regla práctica
Orden correcto: confidencialidad firmada → búsqueda del estado de la técnica → elección de figura → solicitud bien reivindicada → después, presume tu invento. Si ya divulgaste, el reloj de los doce meses corre: muévete ya. La evaluación completa de patentabilidad está en la página de patentes e invenciones o directo en contacto.
Preguntas frecuentes sobre patentar en México
¿Se puede patentar una idea en México?
Una idea, como idea, no. La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial excluye expresamente de las invenciones los descubrimientos, los métodos matemáticos, los planes y métodos de negocio, los programas de computación y las formas de presentar información reclamados como tales (artículo 47). Lo que sí se patenta es la solución técnica concreta a un problema técnico: un mecanismo, un proceso, una formulación que sea nueva, resultado de actividad inventiva y con aplicación industrial (artículo 48). El primer trabajo serio es identificar si dentro de tu idea existe esa solución técnica — a veces la hay, a veces lo protegible es otra cosa: la marca, el diseño o el secreto industrial.
¿Cuánto cuesta patentar un invento?
El costo tiene tres capas: la tarifa vigente del IMPI por la solicitud y el trámite (se paga al gobierno y se consulta en el portal oficial del Instituto), los honorarios del especialista que redacta la descripción y las reivindicaciones — la parte que más varía, porque depende de la complejidad técnica de la invención y de los requerimientos del examinador —, y las anualidades que mantienen viva la patente durante su vigencia. Cualquier número serio se da después de conocer la invención. En el despacho la asesoría inicial cuesta $2,000 MXN e incluye la evaluación de patentabilidad y un presupuesto cerrado por escrito.
¿Mi idea me la pueden robar si se la cuento a alguien?
Es un riesgo real y tiene dos protecciones antes de cualquier trámite. Primero, el acuerdo de confidencialidad (NDA) firmado ANTES de revelar nada: convierte la fuga en un incumplimiento demandable. Segundo, el secreto industrial del artículo 163 de la LFPPI: la información confidencial que te da ventaja competitiva queda protegida por ley si adoptas medidas para resguardarla. Además, divulgar el invento públicamente puede destruir su novedad; la propia ley da un plazo de gracia de doce meses para divulgaciones hechas por el inventor (artículo 52), pero es una red de seguridad, no una estrategia: la regla es primero presentar, después presumir.
¿Modelo de utilidad o patente: cuál me conviene?
Depende de la altura de tu aportación. La patente exige novedad, actividad inventiva y aplicación industrial, y da veinte años improrrogables de exclusividad (artículo 53 LFPPI). El modelo de utilidad protege mejoras a objetos, utensilios, aparatos o herramientas que presentan una función diferente o ventajas en su utilidad: solo exige novedad y aplicación industrial — sin el requisito de actividad inventiva — y dura quince años (artículos 58 y 62). Si tu invento es una mejora funcional práctica más que un salto inventivo, el modelo de utilidad suele ser más rápido, más barato y más difícil de rechazar. Elegir mal la figura cuesta tiempo y dinero: es la primera decisión estratégica del trámite.
¿Cuáles son los requisitos para patentar un invento?
De fondo, los tres del artículo 48 de la LFPPI: que la invención sea nueva (no estar en el estado de la técnica mundial), resultado de una actividad inventiva (no ser obvia para un técnico en la materia) y susceptible de aplicación industrial. De forma, una solicitud ante el IMPI con descripción suficiente para que un experto pueda reproducir la invención, dibujos cuando aplique y — lo decisivo — las reivindicaciones: el texto que define exactamente qué proteges. Antes de todo conviene una búsqueda del estado de la técnica: pagar un trámite condenado por un antecedente que nadie revisó es el error más caro y más común.
¿Cuánto tarda una patente ante el IMPI?
Se mide en años, no en meses: típicamente entre tres y cinco desde la presentación hasta el título, según la carga del IMPI y los requerimientos del examen de fondo. La buena noticia es que la protección corre desde la fecha de presentación de la solicitud — los veinte años de vigencia se cuentan desde ahí (artículo 53) — y desde ese momento tienes fecha cierta frente a cualquiera que llegue después. Por eso la prisa correcta no es por el título: es por presentar una solicitud bien redactada lo antes posible, sin haber divulgado antes.
¿Tienes un invento — o una idea que podría contener uno?
Asesoría inicial $2,000 MXN. Evalúo si lo tuyo es patentable, qué figura conviene y te entrego presupuesto cerrado por escrito. Si no es protegible por esta vía, también se te dice.
Temas relacionados
Servicio: patentes e invenciones
Evaluación de patentabilidad, reivindicaciones y defensa ante el IMPI.
Registro de marca ante el IMPI
El nombre y el logotipo no se patentan: se registran como marca.
Contratos y acuerdos de confidencialidad
El NDA que protege tu invento antes de contárselo a nadie.
Contacto del despacho
Agenda tu asesoría inicial: evaluación honesta y presupuesto cerrado.